Acabo de recibir una circular emitida por la Confederación Asturiana de la Construcción que siembra la incertidumbre en el caso de la reducción del IVA en los pagos a cuenta por la adquisición de vivienda entre el periodo 20 de agosto al 31 de diciembre de 2011.
En resumen y copio literalmente:
«…sin embargo, y debido a la repercusión recaudatoria que tendría tal interpretación (el IVA aplicable sería el correspondiente a la fecha del devengo, con lo que el tipo impositivo aplicable a los pagos anticipados sería el superreducido del 4%), están valorando la posibilidad de cambiar tal criterio, y que el IVA aplicable sea del 8%, salvo que la vivienda se entregue antes del 31 de diciembre» (os adjunto el .pdf)
No tengo palabras. Más incertidumbre para el sector y para los consumidores.
Finalmente quedamos a expensas de la resolución que emitan en los próximos días, con la validez que los políticos que nos dirigen o nos dirigirán, le quieran dar en su momento. Esto es seguridad jurídica, no me extraña que nuestra posibilidad de quiebra como país nos compare con Ucrania o Pakistan.
Os tengo informados puntualmente.
Haz clic para acceder a reduccion-temporal-del-tipo-de-iva.pdf
Nota: para leer la circular tenéis que copiar el enlace en la barra del navegador.